Artículo 1
Artículo 1.- Modifícase el literal A) del artículo 1º del Decreto Nº 569/05, de fecha 28 de diciembre de 2005, el que quedará redactado de la siguiente forma: "A) Ser funcionario policial de cualquier Subescalafón y estar realizando tareas administrativas al momento de inscribirse para el Concurso, debiendo además prestar funciones en la Unidad que realiza el llamado, y en aquellos que prestan servicios en comisión una permanencia no inferior a seis meses a la fecha de la inscripción, no pudiendo estar sometido a Junta Médica o Sumario Administrativo".