Decreto32-2011·2011

AJUSTE SALARIAL DE FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL, TRIBUNAL DE CUENTAS, CORTE ELECTORAL, TCA, INAU, ASSE. ENERO 2011

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/01/2011

Fecha de publicación

2 de enero de 2011

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Ajústase, a partir del 1° de enero de 2011, las remuneraciones de funcionarios comprendidos en los Incisos 16 (Poder Judicial) 17 (Tribunal de Cuentas), 18 (Corte Electoral), 19 (Tribunal de lo Contencioso Administrativo), 27 (Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay) y 29 (Administración de los Servicios de Salud del Estado), en un 6,93% (seis con noventa y tres por ciento). El porcentaje de ajuste previsto en este artículo se aplica sobre las remuneraciones percibidas con cargo a créditos correspondientes a Rentas Generales, Recursos con Afectación Especial y otras Financiaciones dispuestas por leyes especiales, vigentes al 31 de diciembre de 2010, debiendo el aumento ser financiado con la misma fuente de financiamiento que la remuneración original.

Artículo 2Artículo 2

El ajuste previsto en el artículo anterior será aplicable a las remuneraciones de los contratados al amparo del régimen previsto en los artículos 30 a 43 de la Ley N° 17.556 de 18 de setiembre de 2002 modificativas y concordantes, en los mencionados Incisos.

Artículo 3Artículo 3

La Contaduría General de la Nación realizará, cuando corresponda, los ajustes de créditos presupuestales necesarios para cumplir con los criterios de ajuste establecidos en el presente decreto.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.