Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de octubre de 2002 el plazo previsto en el Decreto Nº 228/002, de 18 de junio de 2002.- (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de octubre de 2002 el plazo previsto en el Decreto Nº 228/002, de 18 de junio de 2002.- (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.-