Decreto320-2014·2014

AUTORIZACION DE COMPATIBILIDAD ENTRE JUBILACION Y ACTIVIDAD BAJO LA AFILIACION INDUSTRIA Y COMERCIO PARA SECTORES DE ACTIVIDADES HIPICAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de octubre de 2014

Fecha de publicación

17/11/2014

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase la compatibilidad entre jubilación y actividad bajo la afiliación industria y comercio para los sectores de actividad de sociedades hípicas, codificada como 93191 del codificador CIIU Rev.4. que incluye una serie de actividades vinculadas al turf como: cuidadores de caballos, jockeys, peones, vareadores, serenos, capataces de studs, herradores, domadores y ensilladores; condicionada al cumplimiento de los demás requisitos previstos por la Ley N° 19.006 de 16 de noviembre de 2012 y su Decreto reglamentario N° 163/013 de 28 de mayo de 2013

Artículo 2Artículo 2

La presente autorización será de carácter precario y regirá por el plazo de 2 años a partir de la fecha del presente Decreto.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese al Banco de Previsión Social, publíquese, etc.