Artículo 1 — Artículo 1
Declarar la caducidad de los permisos de pesca de los Buques Pesqueros Bergey, Botral, Chapoma, Emir, Fermeuse, Kagoy, Laura Adriana II, Lucia Carmen, Mariana Rojamar, Maxal II, Mir, Polar Star y Polartral, todos a nombre de FRIGORÍFICO PESQUERO DEL URUGUAY S.A. (FRIPUR), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la ley N° 19.175, de 20 de diciembre de 2013.