Decreto322-2010·2010

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. SETIEMBRE 2010

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/10/2010

Fecha de publicación

11 de octubre de 2010

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de setiembre de 2010, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 469,75 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y nueve con setenta y cinco centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de setiembre de 2010 en $ 467,41 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y siete con cuarenta y un centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de setiembre de 2010 a 298,74 (doscientos noventa y ocho con setenta y cuatro), sobre base marzo 1997 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de octubre de 2010 es de 1,0632 (uno con seiscientos treinta y dos diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.