Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a atender las erogaciones de los contratos a término que realice la misma de acuerdo a lo preceptuado en los Artículos 29 a 43 de la Ley Nº 17.556 de 28 de setiembre de 2002 con cargo a la siguiente financiación: fondos de inversión, Proyecto Mantenimiento del Programa, asignados por Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto 855, Grupo 0, Financiación FIMTOP y Rentas Generales.