Decreto325-2017·2017

MODIFICACION DE LA TASA GLOBAL ARANCELARIA PARA VEHICULOS "PROPULSADOS UNICAMENTE CON MOTOR ELECTRICO"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/11/2017

Fecha de publicación

27/11/2017

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase la Tasa Global Arancelaria que tributa el ítem arancelario 8704.90.00 previsto en el Anexo II del Decreto N° 410/016 de 26 de diciembre de 2016, exclusivamente para vehículos "propulsados únicamente con motor eléctrico", que pasará a tributar una Tasa Global Arancelaria extra-zona e intra -zona de 0% (cero por ciento), por un plazo de 5 (cinco) años a contar desde la publicación del presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Dese cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.