Decreto326-2002·2002

REGIMEN DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES - NOMENCLATURA ARANCELARIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/08/2002

Fecha de publicación

30/08/2002

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécese que las opciones dispuestas en el artículo 3º del Decreto Nº 558/994, de 21 de diciembre de 1994 y el artículo 4º del Decreto Nº 233/995, de 28 de junio de 1995, regirán exclusivamente para las exportaciones destinadas a los Estados Partes del Mercosur.- (*)

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el artículo 1º regirá hasta el 31 de diciembre de 2002.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.-