Decreto326-2012·2012

EXTENSION A TODAS LAS CONTRATACIONES DEL INAU QUE DEMANDEN LAS OBRAS DE CONSTRUCCION, AMPLIACION O MANTENIMIENTO EDILICIO DEL SIRPA, LA EXONERACION DISPUESTA EN EL ART. 11 DEL DECRETO 90/000

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de abril de 2012

Fecha de publicación

10 de noviembre de 2012

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Extiéndese a todas las contrataciones directas del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, que demanden las obras de construcción, ampliación, reforma o mantenimiento edilicio del SIRPA, la exoneración de las condiciones que se establecen en el artículo 11 del Decreto N° 90/000.

Artículo 2Artículo 2

Derógase la disposición contenida en el artículo 3° del Decreto 319/011 de 8 de setiembre de 2011.

Artículo 3Artículo 3

Las contrataciones dispuestas al amparo de la precedente exoneración sólo podrán celebrarse por el Directorio del INAU, previa solicitud fundada de la Comisión Delegada del SIRPA.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y archívese.