Decreto327-2008·2008

MERCOSUR. NORMAS DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA, DIAGNOSTICO DE LABORATORIO, MEDIDAS DE CONTROL Y ESQUEMAS TERAPEUTICOS DE ENFERMEDADES PRIORIZADAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de julio de 2008

Fecha de publicación

17/07/2008

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Adóptase la Resolución Nº 17/05 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, por la que se aprobaron las "Normas de Vigilancia Epidemiológica, Diagnóstico de Laboratorio, Medidas de Control y Esquemas Terapéuticos de Enfermedades Priorizadas entre los Estados Partes del MERCOSUR", que se anexa al presente y forma parte integrante del mismo. (*)

Artículo 2Artículo 2

El presente Decreto regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese a la Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común del MERCOSUR.