Decreto327-2024·2024

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. DURAZNO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/11/2024

Fecha de publicación

12 de setiembre de 2024

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), la fracción del inmueble empadronado con el N° 2.061 (p) (dos mil sesenta y uno) ubicado en la 9ª Sección Catastral del departamento de Durazno, que según plano de mensura N° 1674 del Departamento de Bienes Raíces levantado por el Ing. Agr. Néstor Cuentas Luján, consta de una superficie de 4 Há 3000 m² que se deslinda de la siguiente manera: al noroeste recta de 200 metros 00 centímetros lindando de frente a Ruta N° 6, al noreste recta de 215 metros 00 centímetros lindando con el resto del padrón 2.061, al sureste recta de 200 metros 00 centímetros con resto del padrón 2.061, al suroeste recta de 215 metros 00 centímetros lindando con camino vecinal.

Artículo 2Artículo 2

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N 15.027, de 17 de junio de 1980.

Artículo 3Artículo 3

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.