Decreto329-2017·2017

AUTORIZACION AL BPS A OTORGAR UNA CANASTA DE FIN DE AÑO A JUBILADOS, PENSIONISTAS Y BENEFICIARIOS DE LA ASISTENCIA A LA VEJEZ

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/11/2017

Fecha de publicación

27/11/2017

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Banco de Previsión Social a otorgar un beneficio especial consistente en una Canasta de Fin de Año, en dinero, cuyo valor será de $ 1.798 (pesos uruguayos mil setecientos noventa y ocho), a los jubilados y pensionistas y beneficiarios de la Asistencia a la Vejez prevista por la ley N° 18.241 de 27 de diciembre de 2007, que cumplan con las condiciones de derecho que se regulan en el presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

El beneficio dispuesto en el artículo anterior se concederá a los beneficiarios titulares de la aplicación de los decretos N° 254/005 de 15 de agosto de 2005, N° 238/006 de 26 de julio de 2006, N° 19/008 de 16 de enero de 2008, N° 283/010 de 20 de setiembre de 2010, N° 189/012 de 8 de junio de 2012, N° 317/013 de 27 de setiembre de 2013, N° 190/015 de 13 de julio de 2015, N° 233/016 de 25 de julio de 2016, N° 252/016 de 15 de agosto de 2016 y N° 217/017 de 10 de agosto de 2017, que cumplan con las condiciones y requisitos que en dichos decretos se establecen, apreciados al 30 de octubre del presente año.

Artículo 3Artículo 3

El Banco de Previsión Social regulará los aspectos necesarios para la implementación de este decreto.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.