Decreto33-1992·1992

TRANSPORTE AEREO - SANCIONES ADMINISTRATIVAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/01/1992

Fecha de publicación

5 de junio de 1992

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Auméntase a partir del 1° de enero de 1992 el monto máximo de las multas previstas en el decreto ley 14.305 de fecha 29 de noviembre de 1974 (Código Aeronáutico), en un 91,51 % (noventa y uno con cincuenta y uno por ciento), quedando fijado en N$ 18:296.357.00 (nuevos pesos dieciocho millones doscientos noventa y seis mil trescientos cincuenta y siete).

Artículo 2Artículo 2

Dése cuenta a la Asamblea General. Comuníquese, públíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea para que disponga su difusión e inserción en la información aeronáutica (A.I.P. Uruguay) y demás efectos.