Decreto33-2022·2022

CREACION DE CONDECORACION AL "MERITO DE SANIDAD MILITAR CIRUJANO MAYOR EDUARDO EMILIO MARTINEZ"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/01/2022

Fecha de publicación

26/01/2022

Artículos (10)

Artículo 1Artículo 1

Créase la Condecoración al "Mérito de Sanidad Militar Cirujano Mayor Eduardo Emilio Martínez", la cual será otorgada a militares y civiles, nacionales o extranjeros, que se hubiesen destacado en el ejercicio de su profesión o hubiesen prestado servicios distinguidos especialmente relevantes en la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.

Artículo 2Artículo 2

La Condecoración al "Mérito de Sanidad Militar Cirujano Mayor Eduardo Emilio Martínez", estará compuesta por VENERA, CINTA, BARRA, ROSETA Y DIPLOMA con las características siguientes: a. VENERA: En el anverso: estrella de seis picos en oro mate de 0,020 m disco central en reborde violeta de 0,01 m de diámetro con fondo blanco, dentro del disco, cruz de cuatro brazos en rojo de 0,08 m. La estrella de seis picos estará dentro de un círculo de color violeta de 0,03 m de diámetro en su parte exterior y de 0,023 m en su parte interior. Sobre dicho círculo llevará la inscripción "AL MÉRITO DE SANIDAD MILITAR" en letras blancas. b. CINTA: En fondo blanco de 0,035 m de ancho, dos listones en azul celeste de 0,004 m desde los lados hacia el centro, en éste un listón violeta de 0,015 m de ancho. De ella, con un largo de 0,05 m penderá la venera. c. BARRA: Metálica de 0,035 m de largo y 0,015 m de ancho en fondo blanco con dos listones azul celeste de 0,04 m hacia el centro. En éste listón en color violeta de 0,015 m. Dentro del mismo estrella de seis puntas en oro de 0,008 m. Sobre la estrella, círculo blanco de 0,006 m de diámetro y dentro del mismo estrella de cuatro brazos roja de 0,005 m. d. ROSETA: Con los mismos colores de la cinta de 0,015 m de diámetro. Sobre la misma, estrella de seis puntas. e. DIPLOMA.

Artículo 3Artículo 3

La Condecoración al "Mérito de Sanidad Militar Cirujano Mayor Eduardo Emilio Martínez" se otorgará de acuerdo a la siguiente clasificación jerárquica, integrándose con los objetos honoríficos que se citan: a. CONDECORACIÓN AL MÉRITO DE SANIDAD MILITAR CIRUJANO MAYOR EDUARDO EMILIO MARTÍNEZ PARA LA CALIFICACIÓN DE OFICIALES GENERALES Y SIMILARES CIVILES: Compuesta por estrella acorde a lo dispuesto en el Artículo 2.a. incrustada sobre placa que representa sol de ocho rayos en oro, con una dimensión de 0,055 m. La Barra llevará listones en oro a los lados del listón central. La Roseta llevará una estrella de seis puntas al centro en oro. Diploma que será extendido en el acto de entrega junto a una copia de la Resolución correspondiente. Se podrá considerar el otorgamiento post-mortem de la misma. b. CONDECORACIÓN AL MÉRITO DE SANIDAD MILITAR CIRUJANO MAYOR EDUARDO EMILIO MARTÍNEZ PARA LA CALIFICACIÓN DE OFICIALES SUPERIORES Y SIMILARES CIVILES: Compuesta por estrella acorde a lo dispuesto en el Artículo 2.a. incrustada sobre placa que representa sol de ocho rayos en plata, con una dimensión de 0,055 m. La Barra llevará listones en plata a los lados del listón central. La Roseta llevará una estrella de seis puntas al centro en plata. Diploma que será extendido en el acto de entrega junto a una copia de la Resolución correspondiente. Se podrá considerar el otorgamiento post-mortem de la misma. c. CONDECORACIÓN AL MÉRITO DE SANIDAD MILITAR CIRUJANO MAYOR EDUARDO EMILIO MARTÍNEZ PARA LA CALIFICACIÓN DE JEFES Y OFICIALES Y SIMILARES CIVILES: Compuesta por estrella acorde a lo dispuesto en el Artículo 2.a. incrustada sobre sobre placa que representa sol de ocho rayos en bronce con una dimensión de 0,055 m. La Barra llevará listones en bronce a los lados del listón central. La Roseta llevará una estrella de seis puntas al centro en bronce. Diploma que será extendido en el acto de entrega junto a una copia de la Resolución correspondiente. Se podrá considerar el otorgamiento post-mortem de la misma. d. CONDECORACIÓN AL MÉRITO DE SANIDAD MILITAR CIRUJANO MAYOR EDUARDO EMILIO MARTÍNEZ PARA LA CALIFICACIÓN DE PERSONAL SUBALTERNO Y SIMILARES CIVILES: Compuesta por estrella acorde a lo dispuesto en el Artículo 2.a. incrustada sobre sobre placa que representa sol de ocho rayos en zinc con una dimensión de 0,055 m. La Barra llevará listones en zinc a los lados del listón central. La Roseta llevará una estrella de seis puntas al centro en zinc. Diploma que será extendido en el acto de entrega junto a una copia de la Resolución correspondiente. Se podrá considerar el otorgamiento post-mortem de la misma. DIPLOMA: La Condecoración será entregada con su diploma y copia de la Resolución correspondiente;

Artículo 4Artículo 4

La Condecoración será concedida por el Presidente de la República actuando en acuerdo con el Ministerio de Defensa Nacional y a propuesta del Director Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas;

Artículo 5Artículo 5

Créase una Comisión de Evaluación de Méritos en el ámbito de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, que tendrá como cometido evaluar los méritos de aquellos militares y/o civiles nacionales o extranjeros, postulados para serle otorgada tal distinción. Y estará integrada por el Director Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas quién la Presidirá, por un representante de la Dirección Técnica de dicha Dirección Nacional, por el Director General y un representante de la Dirección Técnica del Hospital Central de las Fuerzas Armadas, y sus correspondientes suplentes. La referida Comisión deberá elaborar su reglamento de organización y funcionamiento, así como proyectar las condiciones generales para la concesión de la Condecoración;

Artículo 6Artículo 6

El acto de entrega de la Condecoración al "Mérito de Sanidad Militar Cirujano Mayor Eduardo Emilio Martínez" y el diploma respectivo, será efectuada en una ceremonia formal presidida por el Director Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas o quien fuera designado en su representación y precedida por la lectura de la Resolución correspondiente.

Artículo 7Artículo 7

Uso de las insignias correspondientes a la Condecoración "Medalla al Mérito de Sanidad Militar Cirujano Mayor Eduardo Emilio Martínez", por el Personal Militar: a. La Condecoración se usará en cada Uniforme de acuerdo al reglamento de Uniformes de la Fuerza correspondiente. b. Con el traje civil, se utilizará la Roseta en el ojal correspondiente a la solapa izquierda;

Artículo 8Artículo 8

La Condecoración al "Mérito de Sanidad Militar Cirujano Mayor Eduardo Emilio Martínez" tendrá para los miembros del Cuerpo de Servicios Generales de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, preeminencia sobre todas las demás nacionales o extranjeras. La colocación de la insignia, por lo tanto, se hará de acuerdo a esta preferencia y a lo que disponga la Reglamentación vigente;

Artículo 9Artículo 9

Apruébanse los ANEXOS 1, 2 y 3, <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> los que se consideran parte integrante del presente Decreto: Anexo N° 1. Diseño de Condecoración Al Mérito de Sanidad Militar en sus respectivas categorías. Anexo N° 2. Diseño de Cinta, Barra y Roseta Anexo N° 3. Diseño de Diploma

Artículo 10Artículo 10

Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas a sus efectos. Cumplido, archívese.