Decreto330-1988·1988

COOPERATIVAS. VIVIENDAS Y FONDOS SOCIALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/04/1988

Fecha de publicación

26/05/1988

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Agrégase el siguiente numeral al artículo 4º del decreto 574/974, de 12 de julio de 1974: "35. El otorgamiento de la Personería Jurídica de Cooperativas de Vivienda, Fondos Sociales y otras asociaciones sin fines de lucro, que actúan en materia de vivienda y su registración".

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.