Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de junio de 2003 el plazo a que se refiere el Decreto Nº 246/002, de 28 de junio de 2002.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de junio de 2003 el plazo a que se refiere el Decreto Nº 246/002, de 28 de junio de 2002.-
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc..-