Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase la vigencia desde el 1° de agosto al 30 de setiembre de 2021 del Decreto N° 147/021, de 20 de mayo de 2021, que dispone el subsidio mensual de $ 7.305 (pesos uruguayos siete mil trescientos cinco) con destino a cada titular de una empresa unipersonal o a cada socio de sociedades de hecho sin dependientes, todas ellas bajo la modalidad "Monotributo Social MIDES" y que se encontraren inscriptos en dicho régimen al 28 de febrero de 2021 y que hayan realizado al menos un pago en el período comprendido entre el 1° de marzo de 2020 al 31 de marzo de 2021.