Decreto331-2000·2000

FIJACION DE VIATICOS PARA MISIONES OFICIALES DEL SERVICIO EXTERIOR EN EL MERCOSUR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/11/2000

Fecha de publicación

22/11/2000

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Fíjanse a partir del día de la fecha y hasta el 31 de diciembre del corriente año, los viáticos diarios para misiones oficiales y comisiones de servicio a realizarse en los países del MERCOSUR, en el equivalente a la escala básica de viáticos de la Organización de las Naciones Unidas, para las distintas ciudades. Exceptúase de lo dispuesto precedentemente las misiones oficiales y comisiones de servicio que al día de la fecha, hayan sido autorizadas por el Poder Ejecutivo o el Jerarca del Servicio, respectivamente.-

Artículo 2Artículo 2

Fíjase un abatimiento de 60% (sesenta por ciento) del viático diario, para los días que no requieran pernocte en el país de cumplimiento de la misión o comisión. Al regreso de cada viaje se deberá acreditar el número de días transcurridos fuera del país.-

Artículo 3Artículo 3

Exhórtase a los jerarcas de los Organismos comprendidos en los artículos 220º y 221º de la Constitución de la República a realizar igual abatimiento que el dispuesto precedentemente.-

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc..-