Decreto332-2014·2014

APROBACION DE LA DISTRIBUCION DE JURISDICCIONES CONSULARES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/11/2014

Fecha de publicación

24/11/2014

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la distribución de jurisdicciones consulares que regirá la actividad de Misiones Diplomáticas con funciones consulares y de las Oficinas Consulares de la República que forma parte integrante y se adjunta (*) al presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Instrúyese a los Jefes de Misión, Jefes de Sección Consular o Cónsules Generales a realizar las gestiones necesarias para instrumentar la actividad consular en las jurisdicciones que por el presente han sido establecidas.

Artículo 3Artículo 3

Las jurisdicciones establecidas no podrán utilizarse como argumento para negar servicios consulares a quienes lo soliciten. Cuando las normas nacionales o internacionales, impidan la prestación de un servicio, los funcionarios que reciben la solicitud extremarán esfuerzos para orientar a los solicitantes y ponerlos en comunicación con la oficina competente.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, notifíquese, etc.