Artículo 1
Artículo 1.- Modificase el Artículo 19.3.18 que contiene la definición de Marshmallows, de la Sección 3 -Productos a base de Azúcar-, del Capítulo 19 -Alimentos Azucarados-, del Reglamento Bromatológico Nacional - Decreto N° 315/994 de 5 de julio de 1994, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "19.3.18. Marshmallows. Es la golosina obtenida a partir de jarabes preparados con sacarosa y jarabes de glucosa, espesados y aireados, adicionados de aditivos permitidos. Podrán contener gelatina, clara de huevo y extracto de malvavisco entre otros ingredientes. Será de consistencia plástica y de forma geométrica variada".