Decreto334-1987·1987

INCLUSION EN JUBILACION ESPECIAL DE FUNCIONARIOS PUBLICOS CONTRATADOS POR LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/07/1987

Fecha de publicación

14/08/1987

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declarar que los servicios prestados por los funcionarios contratados a la Dirección Nacional de Bomberos en base a lo dispuesto por el artículo 193 de la ley 12.376 de 31 de enero de 1967, para atender el Servicio de Bomberos en la Planta de Fraccionamiento y Distribución de Combustible de "La Tablada" y el Terminal "José Ignacio" de ANCAP, quedan comprendidos en lo establecido por las leyes 13.793 de 24 de noviembre de 1969, modificativas y concordantes y 14.230, de 23 de julio de 1974.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.