Decreto335-2009·2009

CREACION DEL REGISTRO DE PRACTICO LABORATORISTA ODONTOLOGICO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/07/2009

Fecha de publicación

29/07/2009

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Establécese que en el Artículo 6º del Decreto Nº 93/009 de 16 de febrero de 2009, donde dice: "o Título de Doctor en Odontología de la Universidad de la República o Título de Doctor en Odontología correspondiente al Plan 1966 expedido por la Facultad de Odontología de la Universidad de la República o por planes equivalentes de otras Universidades o Institutos Universitarios reconocidos por el Estado", debe decir: "o Título de Doctor en Odontología correspondiente al Plan 1966 expedido por la Facultad de Odontología de la Universidad de la República o por planes equivalentes de otras Universidades o Institutos reconocidos por el Estado".

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese.