Decreto336-1985·1985

SISTEMA DE CLASIFICACION Y TIPIFICACION OFICIAL DE CARNES - IMPLANTACION DEL CODIGO DE IDENTIFICACION DE EDADES PARA LOS BOVINOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de octubre de 1985

Fecha de publicación

20/08/1985

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Implántase, a partir del 1o. de setiembre de 1985 el código de identificación de edades para los bovinos destinados a faena de acuerdo al siguiente detalle: Dientes de leche se identifican con el número 0 Dos dientes se identifican con el número 2 Cuatro dientes se identifican con el número 4 Seis dientes se identifican con el número 6 Ocho dientes se identifican con el número 8 (*)

Artículo 2Artículo 2

Cométese a al División Tecnología de la Dirección de Industria Animal, el contralor de la identificación de las edades de los bovinos destinados a faena, de acuerdo con el código indicado en el artículo precedente.

Artículo 3Artículo 3

Facúltase a la División Tecnología de la Dirección de Industria Animal, para establecer las normas técnicas, así como la forma, tamaño y aplicación de los sellos correspondientes.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc