Artículo 1 — Artículo 1
Extiéndase al Aeropuerto Internacional "C/C Carlos A. Curbelo" de Laguna del Sauce las previsiones del Decreto N° 200/017, de 31 de julio de 2017.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Extiéndase al Aeropuerto Internacional "C/C Carlos A. Curbelo" de Laguna del Sauce las previsiones del Decreto N° 200/017, de 31 de julio de 2017.
Artículo 2 — Artículo 2
Autorízase dicha implementación en el referido Aeropuerto en los términos propuestos por el concesionario.
Artículo 3 — Artículo 3
Apruébase el precio por dicho servicio, el cual se fija en U$S 5.76 (dólares estadounidenses cinco con setenta y seis) por pasajero que parte de dicho Aeropuerto. Dicho precio comenzará a regir a partir del comienzo de envío de información API/PNR de parte de la primera aerolínea, previa constatación de que el Sistema está operativo y funcionando a entera satisfacción del Estado. Cometiéndose al Órgano de Administración de la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias informar tales extremos. Comuníquese. Oportunamente, archívese.