Decreto336-2024·2024

FIJACION DE TARIFA DE PASAJERO PARA LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE. 1° DE DICIEMBRE DE 2024

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de febrero de 2024

Fecha de publicación

12 de octubre de 2024

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a determinar los valores de los boletos para los servicios suburbanos, sobre la base del precio operativo del kilómetro recorrido en ómnibus, que con los adicionales mencionados en los Resultandos VII) al IX) del presente Decreto, asciende a $ 102,716 (pesos uruguayos ciento dos con setecientos dieciséis milésimos). Esto implica un incremento del 4,10% respecto al precio operativo con adicionales vigente que será la variación aplicada al valor de los boletos del servicio suburbano, sin perjuicio de las variaciones producidas por los redondeos que puedan alterar estos guarismos.

Artículo 2Artículo 2

Fíjase en $ 125,256 (pesos uruguayos ciento veinticinco con doscientos cincuenta y seis milésimos) el precio por utilización de servicios de andenes (Toque), que cobra la empresa KELIR S.A., en la Terminal de Ómnibus Suburbana de Montevideo Baltasar Brum, a las empresas de transporte que hagan uso de la misma.

Artículo 3Artículo 3

La variación del valor de los boletos indicada en el artículo 1° del presente Decreto quedará vigente a partir de la fecha que se establecerá en la Resolución de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese en un diario de circulación nacional y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.