Decreto338-1992·1992

JUEGOS DE AZAR - LOTERIA FISCAL - LOTERIA LABORAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/07/1992

Fecha de publicación

25/09/1992

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

En dichos sorteos podrán participar todos los trabajadores privados del país que depositen el recibo de sueldo referido en el artículo anterior, en los locales que se determinen.(*)

Artículo 3Artículo 3

La Dirección de Loterías y Quinielas determinará la forma y los premios a otorgar de la manera más adecuada para asegurar el éxito del concurso. (*)

Artículo 4Artículo 4

Realizado el sorteo, los organismos competentes procederán a la inspección de las empresas emisoras de los recibos que resulten premiados.(*)

Artículo 5Artículo 5

Los sorteos entre trabajadores de la actividad privada se realizarán en la fecha que determine la Dirección de Loterías y Quinielas. (*)

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese, etc. (*)