Decreto339-1987·1987

INTEGRACION DE DELEGACION URUGUAYA A LA COMISION DE INTERCONEXION ENERGETICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/07/1987

Fecha de publicación

18/08/1987

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Intégrase la Delegación de la República Oriental del Uruguay a la Comisión de Interconexión Energética, con el Director Nacional de Energía que la presidirá, y un miembro titular y un miembro suplente propuestos por el Directorio de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, facultándose el Ministerio de Industria y Energía a ratificar la propuesta que el Ente realice.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-