Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase en el Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública" el incremento de los siguientes proyectos de inversión, expresados a valores del 1º de enero de 1995, en base a lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996: Año Proyecto Denominación Incremento 1996 753 Centro Dep. Canelones $ 2:300.000,oo 1996 772 Centro Aux. Las Piedras $ 2:973.900,oo 1997 753 Centro Dep. Canelones $ 1:966.500,oo