Decreto34-2006·2006

ESTABLECIMIENTOS DE FAENA. TASA DE CONTROL QUE GRAVA LA FAENA DE RESES BOVINAS. FIEBRE AFTOSA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de agosto de 2006

Fecha de publicación

14/02/2006

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Increméntase en U$S 1 (un dólar USA) la Tasa de control fijada por el artículo 3º del decreto Nº 364/003, de fecha 29 de agosto de 2003, con destino a la adquisición de vacunas antiaftosa. Dicho incremento se adicionará al valor establecido en el artículo 1º del decreto Nº 432/003, de fecha 29 de octubre de 2003 y se regirá por las disposiciones establecidas aplicables al mismo.

Artículo 2Artículo 2

Modifícase el artículo 4º del decreto Nº 432/003, de fecha 29 de octubre de 2003, el que quedará redactado de la siguiente manera: (*)

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.