Decreto34-2015·2015

MODIFICACION DE LA TASA GLOBAL ARANCELARIA. AUTOS CON MOTOR DE PROPULSION ELECTRICA EXCLUSIVAMENTE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/01/2015

Fecha de publicación

2 de marzo de 2015

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Modifíquese la Tasa Global Arancelaria que tributa el ítem 8703.90.00.10 "Autos con motor de propulsión eléctrica exclusivamente" que pasará a tributar una Tasa Global Arancelaria extra-zona e intra-zona de 0% (cero por ciento), por un plazo de 2 (dos) años a contar desde la promulgación del presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Dése cuenta a la Asamblea General.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.-