Decreto34-2016·2016

FIJACION DEL VALOR DE LA COMPENSACION POR ALIMENTACION QUE PERCIBEN LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ESCALAFON "CONDUCCION"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/01/2016

Fecha de publicación

2 de diciembre de 2016

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en $ 5.197 (pesos uruguayos cinco mil ciento noventa y siete) a valores enero de 2015, la compensación por alimentación, que percibirán los funcionarios del escalafón CO "Conducción" del Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social", la que será financiada con cargo al objeto del gasto 067 "Compensación por alimentación con aportes", a partir del 1° de enero de 2016, la que se ajustará en la misma oportunidad y porcentaje que decrete el Poder Ejecutivo para los funcionarios de la Administración Central.

Artículo 2Artículo 2

Dicha partida quedará exceptuado del cómputo de retribuciones para la limitación establecida en el inciso 1° del artículo 105 del Decreto-Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.