Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el valor de los exámenes médicos domiciliarios efectuados por el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, por a través de sus dependencias en N$ 750.00 para el Personal Subalterno, N$ 1.500.00 para el Personal Superior y N$ 3.000.00 para los usuarios que no tuvieran derecho de Asistencia Integral.