Artículo 1 — Artículo 1
Amplíase el artículo 1° del Decreto N° 579/008 de 27 de noviembre de 2008, que aprobó la selección y delimitación del área natural protegida denominada "Esteros de Farrapos e Islas del Río Uruguay" y su incorporación al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, bajo la categoría de "Parque Nacional", incluyendo: a) Las siguientes islas del Río Uruguay ubicadas en la 2ª Sección Catastral del departamento de Río Negro: Del Burro (padrón N° 78), Román Grande (padrón N° 1346), Pingüino (padrón N° 1748), Basura (padrón N° 1749), Román Chico (padrón N° 1750), Navarro (padrón N° 1751), Redonda (padrón N° 1752), Del Chileno (padrón N° 1780), Nuevo Berlin (padrón N° 3253), Chala (padrón N° 3418), La Palma o Bassi (padrón N° 3053), Palma Chica (padrón N° 3054), Filomena (padrón N° 3056), Filomena Chica (padrón N° 3057), Islote Alba (padrón N° 3421), e Islote Chingolo (padrón N° 3423). b) Las aguas de jurisdicción uruguaya delimitadas al Norte por el paralelo 32°37'11.446" latitud sur, y al Sur por el paralelo 32°59'34.465" latitud sur.-