Decreto343-2023·2023

SUSPENSION DEL REGIMEN DE RETENCIONES APLICABLE A LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO TEMPORARIO DE INMUEBLES CON FINES TURISTICOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/10/2023

Fecha de publicación

11 de junio de 2023

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Suspéndese la retención dispuesta por lo literales c) y d) del artículo 36 del Decreto N° 148/007, de 26 de abril de 2007, y los literales b) y d) del artículo 32 del Decreto N° 149/007, de 26 de abril de 2007, para aquellos contratos de arrendamiento temporario de inmuebles con fines turísticos cuyo plazo no supere los 31 (treinta y un) días. Lo dispuesto en el inciso anterior regirá para los cobros relativos a arrendamientos devengados en el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2023 y el 30 de abril de 2024 inclusive.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese y archívese.