Decreto344-2000·2000

ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 35. DECIMOSEXTO PROTOCOLO ADICIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/11/2000

Fecha de publicación

12 de mayo de 2000

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Decimosexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 celebrado entre los Gobiernos de los Estados Partes del Mercosur y el Gobierno de la República de Chile en el marco jurídico del Tratado de Montevideo de 1980, por el que se establecen procedimientos para la facilitación de trámites aduaneros respecto a la rectificación de errores en Certificados de Origen, el que forma parte del presente Decreto como Anexo. (*)

Artículo 2Artículo 2

De conformidad con lo dispuesto por el artículo segundo del Protocolo que se aprueba por el presente Decreto, el mismo tendrá vigencia a partir de la fecha en que todas las Partes Signatarias lo hayan incorporado a sus ordenamientos jurídicos. A esos fines facúltase a la Representación Permanente del Uruguay ante ALADI para comunicar a los organismos nacionales competentes la fecha de culminación de los trámites correspondientes.

Artículo 3Artículo 3

Publíquese y dése cuenta a la Asamblea General.