Decreto344-2012·2012

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. SAN JOSE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/10/2012

Fecha de publicación

31/10/2012

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) el inmueble empadronado con el No. 118 (P) ubicado en la 6ta. Sección Catastral de Departamento de San José y que según plano de mensura No. 1500 del Departamento de Bienes Raíces levantado por la Ing. Agrim. Alicia Lofredo se deslinda de la siguiente manera: al Norte 200 m. con el padrón 16061, al Este 217 m. y al Sur 200 m. con parte del padrón 118 y al Oeste 217 m. con el padrón 8150, el cual consta de un área de 4hás 3401 metros cuadrados.

Artículo 2Artículo 2

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 3Artículo 3

La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el decreto ley No. 15.027 del 17 de julio de 1980.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.