Decreto348-1999·1999

EXONERACION PARA LAS EMPRESAS PERMISIONARIAS DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS DE LA TASA DIRECTA ANUAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de febrero de 1999

Fecha de publicación

11 de octubre de 1999

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Incorpórase al numeral III del artículo 1ro. del Decreto 255/992 de 9 de junio de 1992, el siguiente texto: (*)

Artículo 2Artículo 2

Para determinar la población de las zonas y localidades a que se refiere el artículo anterior, se estará a los datos definitivos del último Censo Nacional realizado por el Instituto Nacional de Estadística.-

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.-