Decreto349-2000·2000

APROBACION DE REGLAMENTOS AERONAUTICOS URUGUAYOS. RAU 1 DEFINICIONES Y ABREVIATURAS. RAU 43 MANTENIMIENTO, MANTENIMIENTO PREVENTIVO, RECONSTRUCCION Y ALTERACIONES. RAU 91 REGLAMENTO DE VUELO Y OPERACIONES. RAU 121 OBTENCION DEL CERTIFICADO DE EXPLOTADOR DE SERVICIOS AEREOS INTERNOS, INTERNACIONALES, REGULARES Y NO REGULARES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/11/2000

Fecha de publicación

12 de mayo de 2000

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse los Reglamentos Aeronáuticos Uruguayos que se enumeran: RAU 1 "Definiciones y Abreviaturas"; RAU 43 "Mantenimiento, Mantenimiento Preventivo, Reconstrucción y Alteraciones"; RAU 91 "Reglamento de Vuelo y Operaciones" y RAU 121 "Obtención del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos Internos, Internacionales, Regulares y no Regulares". (*)

Artículo 2Artículo 2

Los Reglamentos enumerados en el artículo anterior entrarán en vigencia a los treinta (30) días a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus efectos.