Decreto349-2010·2010

REGLAMENTACION DE LA ACTIVIDAD DE LOS GUIAS COMO PRESTADORES DE SERVICIOS TURISTICOS. PRORROGA DE INFORME DE COMISION ESPECIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/11/2010

Fecha de publicación

12 de junio de 2010

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase el plazo previsto en el artículo 5° del Decreto 220/009, fijándose un nuevo plazo de cuatro meses a partir de la vigencia del presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Prorrógase el plazo previsto en el artículo 6° del precitado Decreto por un nuevo período de 90 días a partir de la vigencia del presente Decreto.

Artículo 3Artículo 3

Este decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.