Artículo 1 — Artículo 1
Adóptanse los "Requisitos Zoosanitarios de los Estados Partes para la importación de cerdos domésticos para reproducción", así como el "Modelo de Certificado Veterinario Internacional", aprobados por la Resolución MERCOSUR/GMC N° 13/21, de 26 de agosto de 2021, (*) cuyo texto consta como Anexo al presente Decreto y forma parte integrante del mismo.