Decreto35-1993·1993

CARNE BASICO DE SALUD. DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS. SANIDAD MILITAR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/01/1993

Fecha de publicación

2 de agosto de 1993

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el precio del Carné Básico que expide el Servicio de Clínica Preventiva de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, en el equivalente a 0,5 Unidades Reajustables para el Personal Superior y a 0,4 Unidades Reajustables para el Personal Subalterno. En dicho precio estarán incluidos los examenes necesarios para tal expedición. Dicha cifra se redondeará en la suma más cercana en más o en menos en un múltiplo de N$ 100.

Artículo 2Artículo 2

Estarán exento de dicho costo, aquellos exámenes y carnés que se efectúen como requisito previo para el ascenso, para el cumplimiento de Misiones Oficiales en el exterior, para los ingresos de personal y aquellos que se deban expedir relacionados con grupos de riesgo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.