Artículo 1 — Artículo 1
A toda mujer embarazada se le recomendará que concurra acompañada por su pareja sexual al menos a una consulta en el primer trimestre y a otra en el tercer trimestre de su embarazo a efectos de informar a ambos sobre las buenas prácticas durante el mismo, así como sobre la transmisión vertical de la Sífilis, enfatizándose la importancia de que la pareja se realice las pruebas serológicas pertinentes.