Decreto352-1988·1988

APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 1988

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de abril de 1988

Fecha de publicación

14/10/1988

Artículos (13)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland a regir desde el 1º de enero de 1988. PROGRAMA 1.0: COMBUSTIBLE N$ N$ I - INGRESOS 102.027:307.000 1. Ventas Netas 69.401:728.000 2. Transf. Interdivisionales 1.329:680.000 3. IM.ES.I e I.V.A. 31.127:871.000 4. Otros 168:028.000 -------------- La totalidad de los conceptos se expresan a precios de abril de 1987. N$ II - PRESUPUESTO OPERATIVO 141.226:367.000 Rubro Denominación N$ 1.00 Retribuc. de Serv. Personales 2.511:167.000 1. Personal Presupuestado 1.573:817.000 - Sueldos Básicos 1.570:645.000 - Adelanto a Cuenta 3:172.000 2. Personal Contratado 155:386.000 - Otros Contratados 155:256.000 - Adelanto a Cuenta 130.000 3. Otras Compensaciones 781:964.000 - Varios 528:996.000 - Prima por Antigüedad 245:869.000 - Quebranto de Caja 7:099.000 ----------- 1.01 Cargas legales sobre Serv. Personales 550:895.000 1.02 Materiales y Suministros 83.184:337.000 - Compra de Crudo 76.621:343.000 - Importación de destilados 3.297:101.000 - Varios 3.265:793.000 1.03 Servicios No Personales 16.974:862.000 1.04 Maquinaria, Equipo y Mobiliario Nuevos 244:874.000 1.07 Subsidios y otras Transferencias 34.621:195.000 3. A Organismos Públicos 18:132.000 4. A Organismos Privados 18:132.000 5. A us. Familiares para - Pers. en Actividad 981:941.000 - Hogar Constituido 110:433.000 - Asign. Familiares 42:699.000 - Primas Matrimonio y Nacimiento 2:120.000 - Comp. Producto 116:941.000 - Víatico Comida 383:767.000 - Servicio Médico 275:981.000 ------------- 9. Tributos Municipales y Nacionales 33.602:990.000 -------------- 1.08 Serv. de Deuda y Antic. 126:237.000 1. Amort. Dda. Interna 100:179.000 4. Intereses Dda. Externa 26:058.000 ------------ 1.09 Asignaciones Globales 3.012:900.000 N$ III - INVERSIONES 3.765:831.000 Rubro Denominación N$ 3 Servicios No Personales 735:512.000 4 Maquinarias, Equipo y Mobiliario Nuevos 1.460:249.000 5 Tierras, Edif. y Otras Act. 51:374.000 6 Constr., Mejoras y Rep. Extraor. 1.518:696.000 ------------- La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detalla en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este decreto. Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y los Beneficios Sociales que evolucionan con el Salario Mínimo Nacional, Ind. de Precios de Alimentación o Tarifas, se expresan a valores de noviembre de 1987. El sub-rubro 7.9 "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto Específico Interno y la Tasa de Inflamables por N$ 30.898:833.000 y nuevos pesos 540:000.000 respectivamente a precios de abril de 1987, cuyas partidas no son de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar su monto de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. El rubro 2 "Materiales y Suministros" incluye dólares 254:681.220 al tipo de cambio promedio del año. A su vez dicha partida incluye U$S 239:441.700 para la compra de 1:470.000 m3 de petróleo crudo a un precio de U$S 17,776 el barril a una tasa de recargo del 35% sobre el valor C.I.F., y U$S 10:303.440 para la importación de destilados. Los rubros 3 "Servicios No Personales", 4 "Maquinaria, Equipo y Mobiliario Nuevos", 8 "Servicios de Deudas y Anticipos"y 9 "Asignaciones Globales" incluyen U$S 12:561.200, U$S 510.000, U$S 81.430 y U$S 8:035.020 respectivamente cotizados al tipo de cambio promedio del año. I - INGRESOS 11.616:484.000 N$ N$ 1. Ventas Netas 5.119:857.000 2. Transf. Interdivisionales 278:803.000 3. IM.ES.I e I.V.A. 6.137:350.000 4. Otros 80:294.000 ------------- La totalidad de los conceptos se expresan a precios de abril de 1987. II - PRESUPUESTO OPERATIVO 11.473:913.000 Rubro Denominación N$ N$ 1.10 Retrib. de Servicios Personales 1.557:522.000 1. Personal Presupuestado 963:418.000 - Sueldos Básicos 961:663.000 - Adelanto a Cuenta 1:755.000 Rubro Denominación N$ N$ 2. Personal Contratado 268:733.000 - Changas 172:880.000 - Destajistas 81:992.000 - Otros Contratados 13:835.000 - Adelanto a Cuenta 26.000 3. Otras Compensaciones 325:371.000 - Varios 160:368.000 - Prima por Antigüedad 162:842.000 - Quebranto de Caja 2:161.000 ------------- 1.11 Cargas Legales sobre Servicios Personales 342:179.000 1.12 Materiales y Suministros 4.465:697.000 1.13 Servicios No Personales 1.249:925.000 1.14 Maquinaria, Equipo y Mobiliario Nuevos 121:080.000 1.17 Sub. y otras Transferencias 3.562:410.000 3. A Organismos Públicos 3:038.000 4. A Organismos Privados 3:037.000 5. A Us. Fliares. para Pers. en Actividad 647:430.000 - Hogar Constituido 87:554.000 - Asig. Familiar 34:544.000 - Prima por Matrimonio y Nacimiento 1:602.000 - Comp. Producto 10:839.000 - Viático Comida 316:667.000 - Servicio Médico 196:224.000 9. Tributos Municipales ------------ y Nacionales 2.908:905.000 ------------- 1.19 175:100.000 ----------- III - INVERSIONES 1.038:969.000 4 Máquinas, equipo y mobiliario nuevos 872:350.000 6 Constr. mejoras y rep. extraordinarias 166:619.000 La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detalla en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este decreto. Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y los Beneficios Sociales que evolucionan con el salario mínimo nacional, el índice de precios de la alimentación y tarifas se expresan a valores de noviembre de 1987. El Sub-rubro 7.9 "Tributos municipales y nacionales" incluye el Impuesto Específico Interno por N$ 1.937:237.000 a precios de abril de 1987 cuya partida no es de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar su monto de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Los rubros 2 "Materiales y Suministros", 3 "Servicios no Personales", 4 "Máquinas, Equipos y Mobiliario Nuevos", 7 "Subsidios y otras Transferencias" y 9 "asignaciones Globales" incluyen U$S 3:291.820, U$S 55.000, U$S 136.360, U$S 910.780 y U$S 104.500 respectivamente cotizados a tipo de cambio promedio del año. PROGRAMA 1.2: PORTLAND PROGRAMA 1.1: ALCOHOLES I - INGRESOS 4.954:490.000 N$ 1. Ventas netas 4.125:544.000 2. Transf. Interdivisionales 10:227.000 3. I.V.A. 810:719.000 4. Otros 8:000.000 ------------ La totalidad de los conceptos se expresan a precios de abril de 1987. N$ II - PRESUPUESTO OPERATIVO 5.814:130.000 Rubro Denominación N$ N$ 1.20 Retrib. de Servicios Personales 830:826.000 1. Personal presupuestado 595:104.000 ----------- - Sueldo básicos 594:129.000 - Adelanto a cuenta 975.000 2. Personal contratado 17:410.000 - Otros contratados 17:410.000 ---------- 3. Otras compensaciones 218:312.000 - Varios 120:303.000 - Prima por Antigüedad 96:898.000 - Quebranto de caja 1:111.000 --------- 1.21 Cargas Legales sobre Servicios Personales 182:537.000 1.22 Materiales y Suministros 3.121:512.000 1.23 Servicios no Personales 618:817.000 1.24 Máq. Equipo y Mobiliario Nuevos 260:583.000 1.27 Subsidios y otras Transferencias 674:366.000 3. A Organismos Públicos 7:706.000 4. A Organismos Privados 7:706.000 5. A Unidades Familiares por personal en actividad 312:401.000 ------------ - Hogar Constituido 42:352.000 - Asignación Familiar 17:074.000 - Primas Matrimonio y Nacimiento 770.000 - Compensación producto 5:769.000 - Viático comida 147:035.000 - Servicio médico 99:401.000 ----------- 9. Tributos municipales y nacionales 346:553.000 ------------ Rubro Denominación N$ N$ 1.28 Servicio de deudas y anticipos 5:461.000 4. Intereses deuda externa 5:461.000 --------- 1.29 Asignaciones globales 120:028.000 ------------ III - INVERSIONES 364:666.000 ----------- Rubro Denominación N$ N$ 4 Máquinas, Equipo y Mobiliario nuevos 181:832.000 5 Tierras, Edificios y otros activos 19:226.000 6 Construc., mejoras y rep. extraordinarias 163:608.000 La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detalla en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este decreto. - Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y los Beneficios Sociales que evolucionan con el Salario mínimo nacional, índice de precios de la alimentación y tarifas se expresan a valores de noviembre de 1987. - Los rubros 2 "Materiales y Suministros", 3 "Servicios no Personales", 4 "Máquinas, equipos y mobiliario nuevos", 7 "Subsidios y otras Transferencias" y 8 "Servicio de deudas y anticipos" incluyen U$S 73.560, U$S 80.615, U$S 500.000, U$S 178.550 y U$S 17.065 respectivamente cotizados al tipo de cambio promedio del año. PROGRAMA 1.3: ADMINISTRACION GENERAL N$ N$ I - INGRESOS 1.046:125.000 1. Transferencias interdivisionales 806:561.000 2. Varios 239:564.000 La totalidad de los conceptos se expresan a precios de abril de 1987. II - PRESUPUESTO OPERATIVO 9.233:066.000 Rubro Denominación N$ N$ 1.30 Retribuciones de Servicios Personales 1.752:529.000 1. Personal presupuestado 1.337:999.000 ------------- - Sueldos básicos 1.334:610.000 - Adelanto a cuenta 3:380.000 2. Personal contratado 49:350.000 ---------- - Otros contratados 49:311.000 - Adelanto a cuenta 39.000 3. Otras compensaciones 365:180.000 ----------- - Varios 178:917.000 - Prima por antigüedad 177:931.000 - Quebranto de caja 8:332.000 ----------- 1.31 Cargas Legales sobre Servicios Personales 383:723.000 1.32 Materiales y Suministros 662:693.000 1.33 Servicios no Personales 1.726:049.000 1.34 Máquinas, equipo y mobiliario nuevo 38:206.000 Rubro Denominación N$ N$ 1.37 Subsidios y otras Transferencias 3.681:476.000 3. A Organismos Públicos 8:853.000 4. A Organismos Privados 39:380.000 5. A Unidad familiares por personal en activ. 975:701.000 ----------- - Hogar Constituido 66:184.000 - Asignación Familiar 32:925.000 - Primas Matrimonio y Nacimiento 1:760.000 - Retardo mental 6:044.000 - Viático comida 276:355.000 - Servicio médico 592:433.000 ----------- 7. Becarios 6:847.000 9. Tributos municipales y nacionales 2.650:695.000 1.38 Servicio de deudas y anticipos 906:033.000 2. Amortización deuda externa 650:989.000 4. Intereses deuda externa 249:604.000 6. Préstamos 5:440.000 ------------ 1.39 Asignaciones globales 80:357.000 III - INVERSIONES 1.557:384.000 ------------- Rubro Denominación N$ N$ 3 Servicios no Personales 240:320.000 4 Máquinas, equipo y mobiliario nuevos 1.038:450.000 6 Construcciones, mejoras y reparaciones extraor. 278:614.000 -------------- La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detalla en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este decreto. Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales". 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales", y los Beneficios Sociales que evolucionan con el salario mínimo nacional, indice de precios de alimentación y tarifas se expresan a valores de noviembre de 1987. - Los rubros 2 "Materiales y Suministros", 3 "Servicios no Personales", 4 "Máquinas, Equipo y Mobiliario nuevos", 7 "Subsidios y otras Transferencias", 8 "Servicio de deudas y anticipos" y 9 "Asignaciones globales" incluyen U$S 90.000, U$S 2:840.000, U$S 36.000, U$S 505.130, dólares 2:814.350, U$S 112.380 respectivamente a la cotización promedio esperada del año. PROGRAMA 1.4: PROSPECCION RECURSOS MINERALES I - INVERSIONES 228:648.000 Rubro Denominación N$ N$ 3 Servicios no Personales 82:872.000 6 Construcciones, mejoras y reparaciones extraord. 145:776.000 ------------ La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detalla en los cuadros<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> adjuntos que forman parte integrante de este decreto.

Artículo 2Artículo 2

Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y el sub-rubro 7.5 "Transferencias a unidades familiares por personal en actividad" incluyen al personal restituido autorizado por el Organismo a diciembre de 1987, inclusive en virtud de lo dispuesto por las Leyes Nos. 15.737 y 15.783 de 8 de marzo y 20 de noviembre de 1985 respectivamente.

Artículo 3Artículo 3

Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" para financiar la incorporación y recomposición de carrera de aquellos funcionarios que fueron destituidos o postergados por el Acto Institucional Nº 7 o mediante actos contrarios a una regla de derecho o dictados con desviación de poder, previa comunicación al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 4Artículo 4

Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 320 por dólar americano y se ajustarán automáticamente al tipo de cambio vendedor al momento de la ejecución. Las partidas en moneda nacional --- con las excepciones dispuestas en el artículo 1º --- están expresadas a precios promedio 1988.

Artículo 5Artículo 5

Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el decreto 252/86 de 7 de mayo de 1986. La ejecución de la partida global correspondiente a inversiones prevista en el presente decreto no podrá exceder la cantidad de miles de N$ 4:800.000 (miles de nuevos pesos cuatro millones ochocientos mil). Dentro de este monto, la ejecución de la partida global prevista para el Programa Administración General no podrá exceder de miles de N$ 960.000 (miles de nuevos pesos novecientos sesenta mil.

Artículo 6Artículo 6

El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones de los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal, en períodos no menores de 3 meses ni mayores de 4. Para ello se tendrá en cuenta la variación del índice general de precios al consumo confeccionado por la Dirección General de Estadística y Censos y sus disponibilidades financieras. Aprobada la adecuación de rubros por el Poder Ejecutivo, previo asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los antecedentes se remitirán al Tribunal de Cuentas para su conocimiento.

Artículo 7Artículo 7

La prima por antiguedad se liquidará en el equivalente al 2% del Salario Mínimo Nacional para la actividad privada que fije el Poder Ejecutivo.

Artículo 8Artículo 8

Las primas por nacimiento, matrimonio, asignaciones familiares y Hogar Constituido se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para el Salario Mínimo Nacional para la actividad privada.

Artículo 9Artículo 9

El quebranto de Caja se liquidará según lo establecido por el decreto ley especial Nº 7 de 23 de diciembre de 1983.

Artículo 10Artículo 10

Para la elaboración y ejecución del Presupuesto anual se aplica la metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos impartidos por el Poder Ejecutivo.

Artículo 11Artículo 11

En materia de trasposiciones y/o ampliaciones de rubros y proyectos se aplica lo dispuesto en la Norma Nº 1 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de junio de 1968 y disposiciones concordantes.

Artículo 12Artículo 12

Dese cuenta a la Asamblea General.

Artículo 13Artículo 13

Comuníquese, publiquese, etc.