Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase la aplicación de una tarifa especial de agua potable del 7,85% (siete con 85/00 por ciento) con vigencia de hasta 8 años desde las fechas de las respectivas conexiones, a ser abonada por los usuarios de la "Ciudad de la Costa" (departamento de Canelones), ubicados desde el Km. 25 de la Av. Ing. Luis Giannattasio hasta el Arroyo Pando, cuyos servicios sean abastecidos por el Sistema Montevideo, a efectos de recuperar el 50% (cincuenta por ciento) del costo real de ejecución de la ampliación de la 5ª Línea de Aducción a Montevideo.-