Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese como fecha el 10 de noviembre de 1995 para que todos los operadores turísticos procedan a renovar las garantías de funcionamiento constituidas de acuerdo a la normativa vigente.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Dispónese como fecha el 10 de noviembre de 1995 para que todos los operadores turísticos procedan a renovar las garantías de funcionamiento constituidas de acuerdo a la normativa vigente.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc