Artículo 1 — Artículo 1
Amplíanse los cometidos de la Comisión Ejecutora Honoraria creada por el artículo 1° del decreto 310/989 de 3 de julio de 1989, encomendándosele la ejecución de soluciones de vivienda, para ocupantes precarios de inmuebles e integrantes de asentamientos marginales, de las áreas urbanas y suburbanas de la totalidad del país.