Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste en sus tarifas a regir a partir del 1° de octubre de 2006, por el servicio de suministro de gas natural en el sur del país y la Ciudad de Paysandú, conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I y II que forman parte del presente decreto. (*)