Decreto358-2010·2010

RECURSOS HIDRICOS. CREACION E INTEGRACION DE LA COMISION DE LA LAGUNA DEL SAUCE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de junio de 2010

Fecha de publicación

17/12/2010

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Créase la Comisión de Cuenca de la Laguna del Sauce, la que estará integrada por un representante titular y al menos un alterno del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, la Administración de Obras Sanitarias del Estado (OSE), la Intendencia Departamental de Maldonado, de los usuarios, la sociedad civil y el sector académico.

Artículo 2Artículo 2

Los representantes de las instituciones referidas serán designados por sus respectivos jerarcas. Por su parte, hasta tanto no se conforme el Consejo Regional de Recursos Hídricos del Río de la Plata y su Frente Marítimo, los representantes de los usuarios, la sociedad civil y el sector académico serán designados por la "Comisión Honoraria Departamental de Protección de la Cuenca y las Aguas de la Laguna del Sauce, Sistema Lacustre y de la Faja Costera Departamental".

Artículo 3Artículo 3

La Comisión de Cuenca de la Laguna del Sauce será convocada y coordinada por Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

Artículo 4Artículo 4

La Comisión de Cuenca de la Laguna del Sauce asesorará a la autoridad competente en la formulación del Plan de Gestión Integrada para la Cuenca de la Laguna del Sauce.

Artículo 5Artículo 5

Las instancias de participación de acuerdo a lo previsto por los artículos 47 de la Constitución y 8 de la ley 18.610, se cumplirán convocando a la "Comisión Honoraria Departamental de Protección de la Cuenca y las Aguas de la Laguna del Sauce, Sistema Lacustre y de la Faja Costera Departamental", a efectos de: a) analizar el desarrollo de la formulación del Plan de Gestión Integrada. b) viabilizar la participación de técnicos e instituciones idóneos en la materia, en las diversas fases de la formulación del Plan de Gestión Integrada.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese.