Artículo 1 — Artículo 1
Extensión.- 1.1. Extiéndense hasta el 31 de marzo de 2021 el plazo de vigencia de los regímenes especiales de subsidio por desempleo otorgados por las Resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social N° 143, de 18 de marzo de 2020, N° 163, de 20 de marzo de 2020, Resolución de 3 de abril de 2020; y Resolución N° 1024, de 21 de julio de 2020. 1.2. El monto para el cálculo de la prestación será el promedio de las remuneraciones nominales computables establecidas en los artículos 7.2, 7.3 y 7.4 del Decreto Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981 en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008, al configurar la causal de suspensión parcial de la actividad o trabajo reducido correspondiente a los regímenes especiales prorrogados por el presente.